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Derechos y obligaciones laborales de una huelga

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¿Hay que avisar? ¿Se cobra ese día? ¿Existe obligación? Son muchas las preguntas que se plantean empresarios y trabajadores ante una jornada de huelga

 

Ante la convocatoria de una huelga por parte de cualquier colectivo, son muchas las cuestiones vinculadas a los derechos laborales que se pueden plantear tanto trabajadores como empresarios.

La primera de las preguntas es: ¿La huelga es legal? En muchos de los casos las huelgas están convocadas por sindicatos y deben informar a la autoridad laboral sobre la convocatoria de huelga.

Asistir a la huelga es un derecho para el trabajador. Sólo se puede obligar a prestar sus servicios a los trabajadores que atiendan servicios de seguridad o mantenimiento.

Aclarado este primer asunto, tanto la empresa como el trabajador debe ser consciente de sus derechos y obligaciones ante este tipo de convocatorias.

¿Los trabajadores que vayan a acudir a la huelga deben avisar a su empresa?

No, el trabajador no está obligado a avisar a su jefe ni tampoco al comité de empresa. Además, no tiene la obligación de responder al empresario en caso de ser cuestionado sobre este asunto.

Por otro lado, si al trabajador le toca descansar durante esa jornada y se le descuenta parte del sueldo sin haber manifestado su deseo de hacer huelga, el empleado tiene derecho a su devolución.

¿Se descuenta el día de huelga del sueldo?

Sí, el trabajador queda suspendido de sueldo y cotización durante ese día. El descuento se calcula mediante la resta de la parte proporcional del salario por una jornada y de la paga extra y otros complementos.

¿Pueden realizarse sustituciones?

No, la empresa no puede sustituir al trabajador por personas que no estuvieran vinculadas a dicha compañía con anterioridad. Por contra, sí se pueden fijar servicios mínimos en actividades esenciales.

¿Qué ocurre si los piquetes no permiten a los trabajadores ejercer sus derechos?

El trabajador también está amparado por el derecho a ir a trabajar y no secundar la huelga. Si no puede acceder a su puesto porque se lo impiden los huelguistas, debe notificarlo a la empresa para así evitar que le resten el dinero de la nómina.

Desde Ragal Asesores nos ponemos al servicio cualquier empresa o trabajador que requiera asesoramiento en este sentido. Puedes contactar con nosotros mediante el correo electrónico (paco@ragalasesores.com) o el teléfono (669 03 27 67).